El TAS castiga a Contador con dos años de sanción

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El TAS castiga a Contador con dos años de sanción

El TAS castiga a Contador con dos años de sanción

Pierde el Tour 2010 y el Giro 2011 y no podrá competir hasta el 6 de agosto, por lo que no podrá participar en el Tour 2012 ni en los JJOO de Londres aunque sí en la Vuelta a España.

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), con sede en la ciudad suiza de Lausana, ha decidido sancionar a Alberto Contador con dos años de suspensión por su positivo por clembuterol en una etapa del Tour de Francia 2010 y no podrá volver a competir hasta el 6 de agosto de este año. El español, según el TAS, no ha podido demostrar que su positivo obedezca a la ingestión de una carne contaminada, como argumentó desde el primer día la defensa.

El ciclista español pierde su triunfo en la ronda gala de esa edición y en el Giro de 2011 y no podrá correr en la de 2012, pero sí a partir del 6 de agosto, por lo que podrá participar en la Vuelta a España. Sin embargo, Contador tampoco podrá estar en los Juegos Olímpicos de Londres.

Según la resolución del TAS, Alberto Contador queda suspendido durante dos años con efecto retroactivo del 25 de enero del 2011, a lo que hay que restar el periodo de suspensión provisional que ya ha cumplido entre 2010 y 2011. Esto quiere decir que la suspensión vencerá el próximo 5 de agosto y que el corredor madrileño podría volver a competir al día siguiente.

Contador puede recurrir ante los tribunales ordinarios suizos, pero el TAS representa la última instancia deportiva y ahí ha agotado sus apelaciones.

La resolución del TAS se produce 565 después del positivo. La acusación (UCI y AMA) había solicitado para Contador el máximo castigo, dos años de suspensión y la anulación de todos sus resultados desde la fecha en la que dio positivo (21 de julio de 2010). Los abogados de Contador pedían su absolución.

El TAS tiene previsto pronunciarse en una fecha aún por determinar, en un procedimiento paralelo, sobre la demanda interpuesta por la Unión Ciclista Internacional (UCI) de imponer una multa a Alberto Contador de al menos 2.485.000 euros, lo que supone un 70% de su sueldo.

El Tribunal ha dado validez a la tesis de la UCI y la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) de que lo más razonable es que el positivo del ciclista español fuera causado por una transfusión sanguínea o por el consumo de un suplemento nutritivo contaminado.

Sin embargo, el TAS concluyó que contrariamente a otros países, España no es conocida por tener un problema de contaminación por clembuterol de la carne de vacuno. Por otra parte, y según el TAS, no existe ningún otro caso de deportista que haya ido a un control antidopaje con resultado positivo por clembuterol que fuera causado por el consumo de carne de vacuno española.