La Audiencia Nacional confirma la sanción de Toni Tauler

DOPAJE

La Audiencia Nacional confirma la sanción de Toni Tauler

El ciclista será sancionado con dos años de suspensión por dopaje, después de dar positivo por EPO en un control por sorpresa.

La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional (AN) ha confirmado la sanción de dos años de suspensión por dopaje impuesta al ciclista Toni Tauler, después de que éste diera positivo por EPO en un control por sorpresa practicado fuera de competición el 12 de marzo de 2010 en Palma de Mallorca.

A raíz del positivo, Tauler, subcampeón olímpico en ciclismo en pista en ''madison'' junto a Joan Llaneras en Pekín 2008, fue sancionado con dos años por el Consejo Superior de Deportes (CSD), sanción confirmada por resolución del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo 8.

Dicha sentencia ha sido ratificada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la AN, que ha desestimado el recurso presentado por el ciclista en el que planteaba las irregularidades cometidas en la toma de muestras, su transporte al laboratorio y su posterior análisis.

La resolución da por bueno los razonamientos de la sentencia de instancia en la que se consideraba que el expediente administrativo y la prueba pericial practicada demostraron que Tauler tuvo una participación activa en la toma de muestras y que éstas fueron enviadas de Mallorca a Madrid en las mismas condiciones en las que fueron recogidas, por lo que, "no puede apreciarse irregularidad alguna".

La sentencia recurrida también confirmaba la corrección en el transporte de la muestra, pues se recibió en el Laboratorio antidopaje de la Agencia Estatal Antidopaje (AEA) en las mismas condiciones en que fue enviada desde Palma de Mallorca por el facultativo habilitado para la recogida de la misma. "Ningún indicio existe sobre la manipulación o alteración de la muestra durante su transporte aéreo y terrestre", señala el fallo.

Finalmente, consideraba que se cumplieron también los requisitos por los que se regulan los procesos de control de dopaje y los laboratorios de análisis autorizados en cuanto al mínimo total de la muestra a recoger.

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